Comercio | |
¿Por
qué las formas de vida Los seres vivos no deberían ser patentados y se impone una revisión
de las normas de la Organización Mundial de Comercio sobre los derechos
de propiedad intelectual de modo que los países puedan prohibir el
patentamiento de la vida, sostuvieron expositores y participantes en el
seminario sobre “Últimos sucesos de la OMC: Perspectiva de los países
en desarrollo”, organizado en setiembre en Ginebra por la Red del
Tercer Mundo. Esta posición coincide con un movimiento que está
creciendo a nivel mundial y que reclama “No a las patentes sobre la
vida”. Por Martin Khor El
patentamiento de seres vivos o formas de vida, que en algunos casos ha
sido declarado obligatorio por la Organización Mundial de Comercio
(OMC), carece de ética y además atenta contra los intereses sociales y
económicos de los países en desarrollo. Es por eso que se impone una
revisión del Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual
Relacionados con el Comercio (TRIPs), de la OMC, y la prohibición del
patentamiento de la vida. Este fue uno de los puntos presentados en uno
de los debates del seminario de la Red del Tercer Mundo sobre
“Desarrollo Actual en la OMC: Perspectiva de los Países en
Desarrollo”. En
respuesta al patentamiento de formas de vida, grupos cívicos,
ambientalistas, científicos, organizaciones de productores agrícolas
así como líderes religiosos han organizado una campaña mundial. Estos
grupos consideran que los animales, plantas, seres humanos,
microorganismos y sus partes -como genes y células-, no deben ser
patentables ya que son creaciones de Dios y de la Naturaleza. Afirman
que las formas de vida, aun las genéticamente modificadas, no son
invenciones y por ende no reúnen los criterios de “patentabilidad”. También
en la OMC se lleva a cabo un debate en torno a la revisión del Artículo
27.3 (b) del Acuerdo sobre TRIPs, referido a las patentes sobre las
formas de vida. Dicho artículo permite a los países prohibir el
patentamiento de vegetales y animales pero obliga al patentamiento de
microorganismos y procesos microbiológicos, lo que implica abrir la
puerta al patentamiento de formas de vida. El
moderador del seminario, Chakravarti Raghavan, abrió la discusión
haciendo referencia a una reflexión básica que está tomando alcance público,
acerca de la naturaleza de los derechos de propiedad intelectual y del
Acuerdo sobre TRIPs, así como sobre la necesidad de lograr un
equilibrio entre los derechos de los titulares de derechos de propiedad
intelectual y los derechos de usuarios y consumidores. Raghavan dijo que
los encargados de la formulación de políticas y los negociadores del
Sur deberían examinar lo que se había prometido en las negociaciones
de los TRIPs sobre transferencia de tecnología y otros aspectos
positivos y compararlo con los resultados concretos. También deberían
centrarse en los aspectos de los TRIPs que han generado efectos
negativos y que por consiguiente es necesario revertir. Nelson
Ndirangu, un alto representante diplomático de Kenia en Ginebra, dijo
que a los países en desarrollo les preocupa que el Acuerdo sobre TRIPs
requiere de fuertes sistemas para proteger la propiedad intelectual. Los
únicos beneficiados serían los titulares de patentes. A pesar de que
los países industrializados habían afirmado que las estrictas normas
sobre derechos de propiedad intelectual redundarían en transferencia de
tecnología, a cinco años de las promesas nada de eso ha sucedido, por
lo que da para pensar que se trató de una estafa. Kenya
y el Grupo de Africa consideran que el patentamiento de formas de vida
no es ético y que debería prohibirse. Este tipo de patentes también
tendría serias consecuencias para la seguridad alimentaria. Los países
africanos no están satisfechos con el Artículo 27.3 de los TRIPs. El
requisito establecido para proteger microorganismos, procesos no biológicos
y microbiológicos y variedades vegetales, no es ético pues permite la
patente de formas de vida; es injusto en términos de biopiratería y es
un perjuicio para la seguridad alimentaria de las comunidades locales y
la biodiversidad. Ndiragu
agregó que cuando se patenta un producto, se desalienta la investigación
en la medida que no está autorizado hacerla. Las grandes empresas
titulares de patentes tienden a producir aquello que les genera
ganancias, y en consecuencia se mueven en función de las demandas del
mercado. “Los que vivimos en una economía de subsistencia no podemos
pagar los productos patentados del Norte. Además, en cuanto a los
productos que contienen transgénicos, no tenemos la certeza de si son
inocuos la salud o el ambiente”, afirmó. Cecilia
Oh, investigadora de la Red del Tercer Mundo, afirmó que el acuerdo
sobre TRIPs ha contribuido a impedir el acceso a la tecnología por
parte de los países en desarrollo. En el caso de las patentes sobre
materiales biológicos, es doblemente irónico que se otorguen patentes
sobre materiales biológicos y sobre el conocimiento tradicional de los
mismos. Con ello se impide el acceso de los países en desarrollo a esos
recursos biológicos y conocimientos, que en gran medida fueron
generados por los propios países en desarrollo. En este contexto, el
Acuerdo sobre TRIPs ha facilitado el flujo de recursos y tecnología del
Sur hacia el Norte. Como señalaba el Informe de Comercio y Desarrollo
de la UNCTAD, la protección de los derechos de propiedad intelectual ha
generado un egreso de ganancias de los países en desarrollo hacia los
industrializados, por concepto de pagos de tecnología, licencias y
regalías. Cecilia
Oh declaró que el sistema de patentes no fue un sistema apropiado de
recompensa del conocimiento en lo relativo a los materiales biológicos.
“El sistema de patentes fue diseñado para la protección de
invenciones mecánicas, y establece la distinción entre meros
descubrimientos e invenciones. Resulta obvio que los materiales biológicos
ocurren naturalmente y que sólo pueden ser considerados
descubrimientos, no inventos. “Las patentes confieren monopolio sobre
los materiales pasibles de ser patentados. En el caso de las semillas y
variedades vegetales, las patentes sobre tales materiales biológicos
tendrían repercusiones graves en la agricultura y en la seguridad
alimentaria de los países en desarrollo. Podría hacerse una apropiación
indebida del monopolio sobre los recursos y conocimientos biológicos
esenciales para la agricultura, la medicina y otros usos, confiriéndolo
a individuos y empresas”, afirmó Oh y agregó que, desde el punto de
vista científico, las distinciones establecidas en el Artículo 27.3
(b) -por ejemplo, entre vegetales y animales, que podrían estar
excluidos de la posibilidad de ser patentados, y microorganismos, que
entrarían dentro de la categoría de patentables- son artificiales y
fueron formuladas con el propósito de permitir y exigir el
patentamiento de microorganismos y procesos microbiológicos. Citando
informes científicos, Oh afirmó: “Científicamente no pueden
establecerse tales distinciones y, por lo tanto, ningún organismo o
proceso vivo puede ser patentado”. La
investigadora dijo, asimismo, que hay cuatro categorías de patentes
sobre los procesos y formas de vida que habría que prohibir: 1)
Las patentes basadas en biorrecursos y conocimientos resultantes de su
uso pirateados de países y comunidades indígenas, que no cumplan los
criterios de novedad o invención. 2)
Las patentes sobre descubrimientos, por ejemplo microorganismos, cadenas
celulares, genomas, genes (incluidas cadenas celulares y genomas humanos
y secuencias), que ocurren naturalmente. 3)
Las patentes de técnicas y modelos transgénicos, así como plantas,
animales o microorganismos transgénicos (u organismos modificados genéticamente). 4)
Las patentes sobre clonación (por ejemplo, técnicas de transplante
nuclear, como la que produjo a la oveja Dolly). Oh
expresó: “Debería crearse un sistema de recompensa, pero la distorsión
del sistema de patentes sólo sirve para generar controversias y un
rechazo del sistema en su conjunto”. Agregó que en la OMC, el Grupo
de países de África ya ha presentado una propuesta mundial cuyo
argumento principal es que “la revisión del proceso dejaría en claro
que no pueden patentarse vegetales y animales, así como microorganismos
y otros organismos vivos y sus partes, y que tampoco pueden patentarse
los procesos naturales que dan origen a vegetales, animales o cualquier
otro tipo de organismo vivo”. El
Grupo de África también había propuesto que la protección de
variedades vegetales debería permitir la protección de las
innovaciones de las comunidades indígenas y de agricultores de los países
en desarrollo. A la hora de la discusión, Leo Palma, de la Misión de
Filipinas en Ginebra, dijo que suscribía la opinión de que no debería
haber patentes sobre las formas de vida, y preguntó cómo podría
llevarse adelante esta posición. Un
delegado de Trinidad y Tobago dijo que era importante elaborar los
elementos de un sistema apropiado para la protección de variedades
vegetales y un delegado de India expresó que podía ser útil examinar
los formularios de solicitud de patente y los procedimientos de los países
industrializados, tales como Estados Unidos. Propuso que se agregase una
columna a los formularios de solicitud de patente para incluir la fuente
de origen de los materiales biológicos. Antes de otorgarse una patente,
habría que revisar el lugar de origen así como las pruebas que
indiquen si el conocimiento aplicado ya había sido utilizado. Esto
ayudaría a prevenir el otorgamiento de patentes a productos o
conocimientos que han sido utilizados en otras partes del mundo. |